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Programa de Regularización Fiscal 2026 · SAT

Programa de Regularización Fiscal 2026: hasta 100% de descuento en multas y recargos

El Programa de Regularización Fiscal 2026 del SAT permite reducir hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución de adeudos de 2024 o ejercicios anteriores, con pago hasta en 6 parcialidades. Aplica si tus ingresos en 2024 no superaron $300 millones de pesos. El plazo para solicitarlo vence el 31 de octubre de 2026. (Fuente: SAT, comunicado oficial 27-jul-2026.)
Cómo funciona

Los pasos para resolverlo

1

Confirma si calificas

Ingresos 2024 ≤ $300 millones de pesos, y no haber recibido condonaciones bajo programas generales previos.

2

Identifica tus adeudos elegibles

Contribuciones federales, retenciones, aprovechamientos, recargos, gastos de ejecución y multas de 2024 o antes.

3

Presenta tu solicitud

Vía Portal del SAT o de forma presencial, antes del 31 de octubre de 2026.

4

Formaliza el pago

Una sola exhibición o hasta 6 parcialidades, según el beneficio autorizado.

Qué necesitas reunir

Documentos requeridos

  • Constancia de Situación Fiscal actualizada
  • Estado de cuenta de créditos fiscales o adeudos pendientes
  • Declaraciones del ejercicio 2024 (para acreditar el tope de ingresos)
  • Identificación oficial y poder notarial de representante legal, si aplica
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El precio final se confirma por WhatsApp antes de iniciar, según tu caso específico.

Preguntas frecuentes

Sobre regularización fiscal 2026

¿Hasta cuándo puedo aplicar al Programa de Regularización Fiscal 2026?

El plazo para presentar la solicitud vence el 31 de octubre de 2026, según el comunicado oficial del SAT del 27 de julio de 2026.

¿Qué tanto puedo reducir de mis adeudos?

Hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. La contribución omitida en sí (el impuesto principal) generalmente sigue siendo exigible.

¿Puedo pagar en parcialidades?

Sí, el programa permite cubrir el adeudo hasta en 6 parcialidades.

¿Quién puede aplicar?

Contribuyentes con ingresos totales en 2024 que no superaron $300 millones de pesos, que no hayan recibido condonación bajo programas generales previos y no estén en el listado definitivo del 69-B o 69-B Bis.

¿El descuento cuenta como ingreso acumulable para ISR?

No. La condonación de multas y recargos bajo este programa no se considera ingreso acumulable para efectos de ISR.

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